Seguros: tipos y características


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¿Qué son los seguros?

Los seguros son contratos mediante los cuales, a cambio del cobro de una prima, la entidad aseguradora se compromete, en caso de siniestro, a indemnizar el daño producido o satisfacer un capital o renta. Antes de contratar uno, conviene saber qué tipos existen y qué suponen para nuestras finanzas.

El seguro es un medio para la cobertura de los riesgos al transferirlos a una aseguradora que se va a encargar de garantizar o indemnizar todo o parte del perjuicio producido por la aparición de determinadas situaciones accidentales.

Es una fórmula eficaz de cobertura que implica pagar una cierta cantidad por una prestación o indemnización futura en caso de que se presente una situación adversa, que en algunos casos, puede ser extrema (por ejemplo, si se incendia un coche).

Un seguro es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la prestación de un servicio.

En el contrato se seguro intervienen:

  • El asegurador, que siempre ha de ser una compañía de seguros, que es la entidad responsable de la cobertura en caso de siniestro,
  • El tomador, que es el propietario de la póliza de seguro y responsable del pago de la prima correspondiente,
  • El asegurado que es la persona a la que se asegura (bien a ella o a sus propiedades o intereses),
  • El beneficiario que es la persona que cobrará la indemnización correspondiente en caso de siniestro.

No siempre estas tres figuras han de ser la misma persona pudiendo ser todos distintos. A modo de ejemplo: Una empresa (tomador) que paga un seguro de vida su empleado (asegurado) para que cobren sus hijos (beneficiarios) en caso de fallecimiento de este.

También puede existir una figura más, el mediador, que es la persona que intermedia entre el Tomador y la compañía de seguros antes de la compra de la póliza de seguro, en el momento de la formalización (compra) y después de la compra (modificaciones que sean necesarias, tramitación de siniestros, etc).

La cantidad de dinero que se cobra por el seguro se llama prima. La prima garantiza que el asegurador esté obligado a cumplir con las prestaciones que le ha prometido al Tomador.

La gestión del riesgo, que es la práctica de la evaluación y control del mismo, se ha desarrollado como un campo discreto de estudio y práctica.

La transacción implica que el asegurado supone una pérdida relativamente pequeña y conocida en la forma de pago de una prima a la aseguradora a cambio de la garantía de la compañía de seguros para compensar (indemnizar) al asegurado en el caso de una pérdida financiera o comercial.

El asegurado recibe un contrato, denominado la póliza de seguro, que detalla las condiciones y circunstancias en las que el asegurado será compensado.


Seguros para particulares

A continuación se encuentran todos los seguros para particulares que hay en el mercado:

Compañías que venden sus seguros en España

A continuación se encuentran las compañías de seguros que operan en España:


Los seguros, ¿qué son y cómo funcionan?

Una gestión adecuada de los riesgos implica una combinación de diversas acciones dirigidas a la protección de las personas y de su patrimonio. Algunas de estas acciones que se pueden llevar a cabo son:

  • Prevenir la aparición de situaciones que causen daños.
  • Mantener los bienes en las condiciones adecuadas.
  • Ahorrar para subsanar los posibles daños futuros.
  • Tener unos hábitos de vida saludables.
  • Etc.

El seguro forma parte de las acciones que se pueden realizar para la gestión de los riesgos, de hecho, es la opción más económica y eficaz. Pero no hay que olvidar que ninguna de ellas, por sí sola, ofrece una seguridad completa.

Además, la actividad empresarial no podría funcionar si no existiera el seguro, que transforma los costes impredecibles y variables derivados de los riesgos en costes fijos asumibles, como son las primas.

El seguro se basa en el reparto del daño entre un número muy elevado de personas con las mismas o similares necesidades de protección. Así, cuando ocurre un suceso que produce daños concretos a una de estas personas, todas las demás también participan en la reparación del mismo.

Para el buen funcionamiento de este mecanismo, las entidades de seguros deben realizar adecuadamente las siguientes labores:

  • Reunir a un gran número de personas para garantizar el sistema.
  • Calcular correctamente la siniestralidad prevista, para tener estabilidad.
  • Gestionar el proceso, atendiendo al asegurado en todo momento..

Los seguros: cuántos tipos existen y cuánto cuestan

1. Seguros personales

Son aquellos que comprenden todos los riesgos que pueden afectar a una persona en su integridad física, salud o existencia. Se clasifican en:

  • Seguros de vida: sirve para que los beneficiarios puedan tener una seguridad económica en el caso de fallecimiento de la persona asegurada o invalidez absoluta o permanente. El seguro de vida es aquél que cubre el riesgo de muerte de una persona. El asegurador, a cambio de la prima, pagará a los beneficiarios la suma asegurada a la muerte del asegurado. Esta suma asegurada podrá cobrarse en forma de renta o en forma de capital. El asegurado de un seguro de riesgo no podrá ser menor de 14 años.
  • Seguros de accidentes personales: se trata de servicios y prestaciones asistenciales. El asegurado puede ser indemnizado si sufriera una lesión o incapacidad a causa de un accidente y también, en caso de fallecimiento. El seguro de Accidente viene a cubrir las lesiones debidas a un incidente que se produce de forma repentina y violenta, que supongan invalidez temporal, permanente o muerte.
  • Seguros de salud o enfermedad: ofrece una cobertura sanitaria cuando se necesita, además de prestación de capital o reembolso de gastos sanitarios. En el seguro de enfermedade l riesgo asegurado es la enfermedad, por lo que se garantiza el pago de ciertas sumas y gastos de asistencia médica y farmacéutica en el caso de que el asegurado enferme.
  • Seguro de dependencia: cubre a los clientes que tengan algún tipo de limitación física o psíquica diagnosticada, a causa de la cual necesiten una persona que les asista.

2. Seguros de daños o patrimoniales

Los seguros contra daños cubren los efectos que, a raíz del siniestro, hayan afectado económicamente tanto a los bienes muebles (electrodomésticos, muebles, etc.) como a los inmuebles (una casa, una finca, etc.). La categoría de los seguros de vehículos a motor, es una de las más importantes.

Este tipo de productos cubren los riesgos del patrimonio de la persona y de las empresas. Se dividen en:

  • Seguros de automóvil: cubren los riesgos que se pueden correr a la hora de conducir y son obligatorios por ley para circular. Adicionalmente, se pueden incorporar coberturas ante robo, incendio y/o daños propios del vehículo.
  • Seguros de ingeniería: están especializados en daños del patrimonio a causa de accidentes provocados por fenómenos naturales, fallos humanos, acción de las cosas o desgaste natural.
  • Seguros multirriesgo: abarcan una amplia variedad riesgos a través de la contratación de una única póliza de seguros.
  • Seguros de crédito: cubren pérdidas por insolvencia de los deudores.
  • Seguros de robo: se contratan ante la posible sustracción ilegítima (robo) de los bienes asegurados, mediando violencia o intimidación.
  • Seguros de transportes: garantizan la cobertura por los daños materiales que puedan sufrir las mercancías o el transporte.
  • Seguros de incendios: cubren los daños producidos si se incendia el objeto asegurado.
  • Seguro de responsabilidad civil: se contratan para indemnizar a un tercero cuando el asegurado resulte civilmente responsable de los daños o perjuicios causados.

3. Seguros de prestación de servicios: 

En este tipo de seguros, la obligación del asegurador consiste en la prestación de un servicio al asegurado.

  • Seguros de asistencia en viaje: cubren imprevistos en la realización de un viaje.
  • Seguros de decesos: abarcan los gastos derivados del funeral del asegurado y los trámites y gestiones que se deben realizar en el momento del fallecimiento.
  • Seguros de defensa jurídica: se centran en servicios de asistencia jurídica y extrajudicial.

¿Qué riesgos se pueden asegurar?

En el mercado asegurador existen seguros muy variados en función de cuales sean las necesidades de los consumidores, sin embargo, no todos los riesgos se pueden asegurar. Antes de contratar un seguro es necesario saber que sólo serán asegurables aquellos riesgos que:

No se pueda saber con certeza si ocurrirán o no, o cuándo

  • Se pueden asegurar ciertos riesgos en el hogar porque no se sabe si se van a manifestar ni cuándo; pero, generalmente, no se pueden reclamar los daños por la falta de mantenimiento ni como consecuencia de los efectos del paso del tiempo (por ejemplo, las fugas producidas como consecuencia de la oxidación natural de una tubería de hierro).
  • En el caso del seguro de autos, el conductor no conoce si va a sufrir un accidente.
  • En los seguros de vida, se sabe que las personas fallecen, pero lo que se desconoce es el momento exacto en el que eso ocurrirá.

Sean posibles

  • Es posible que una tubería de agua de una vivienda se rompa. Por lo tanto, se puede contratar un seguro de hogar que garantice la respuesta ante los daños que se puedan producir.
  • Es posible que un vehículo sufra o provoque algún tipo de daño. Por lo tanto, se pueden y deben asegurar (en España es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para los vehículos, a este seguro se le pueden añadir otras coberturas voluntarias).
  • No se puede contratar un seguro “contra el ataque de un electrodoméstico del hogar” porque es imposible que este suceso ocurra.

Sean concretos, es decir, que se puedan describir con exactitud

  • Los riesgos a los que un hogar está expuesto se pueden describir con exactitud, por lo tanto, son asegurables. Sin embargo, no se puede definir en una póliza de seguro de hogar algo tan impreciso como “se aseguran todos los daños sobre la vivienda”, sin concretar el tipo de vivienda y sus características.
  • No se puede contratar un seguro de cancelación de viaje indicando solamente “que se va a realizar un viaje”. Tienen que describirse sus particularidades.

Su objeto sea legal, y que no vayan en perjuicio de terceros

  • El riesgo de conducir bajo los efectos del alcohol no es asegurable ya que esta es una actividad ilegal.
  • No se puede contratar un seguro de transporte de mercancías si la mercancía a transportar es droga; el narcotráfico no es una actividad legal, por lo tanto, el riesgo de su transporte no es asegurable.

Sean fortuitos, es decir, ajenos a la voluntad humana de producirlo

  • No se pueden reclamar a través del seguro los daños en un coche si su propietario lo choca intencionadamente.
  • No se puede dejar deliberadamente los grifos abiertos de una vivienda y reclamar los daños producidos.

Simuladores de seguros

Antes de contratar un producto de estas características, conviene saber:

  1. Cuáles son los riesgos que hay que cubrir.
  2. Cuánto costaría hacerles frente sin seguro.
  3. Cuánto se podría ahorrar si se contrata un seguro.

Para ayudar en esta tarea existen herramientas, como los simuladores o calculadoras ‘online’, que dan al usuario todos estos datos con tan solo rellenar un sencillo cuestionario. Dichos simuladores permiten comparar los precios de las distintas entidades, algo que es necesario hacer cada vez que se va a contratar un producto financiero. Si se necesita el consejo de un experto, siempre se puede recurrir a su agente, corredor o entidad banco-aseguradora que le sirva de guía a la hora de contratar.

Una vez que se ha optado por un seguro, es importante decidir cómo se va a pagar. Conviene tener en cuenta que, en ocasiones, el pago a plazos puede suponer un incremento en el precio final, por lo que es necesario informarse bien antes de firmar.


Tipos de seguros de vehículos a motor

La categoría de los seguros de vehículos a motor, es una de las más importantes. Dentro de la misma podemos distinguir los siguientes seguros:

  • Seguro obligatorio: Cubre exclusivamente los daños materiales y personales que el conductor cause con su vehículo a un tercero (responsabilidad civil). Con este seguro, la compañía no se hace cargo de los daños producidos en su propio vehículo. Lo debe contratar obligatoriamente todo propietario de un vehículo a motor.
  • Seguro voluntario: Añade otras garantías al seguro obligatorio para cubrir los daños que se puedan causar en el propio coche (rotura de lunas, robo, incendio, etc.) y las lesiones producidas a los ocupantes.
  • Seguro a todo riesgo. Es el que da mayor cobertura, ya que abarca casi todos los daños propios y ajenos tanto de los vehículos como de las personas, con independencia de quien ha provocado el accidente. Para calcular la prima, la compañía tiene en cuenta, entre otras cosas, la edad del conductor y la antigüedad del carné.
  • Seguro a todo riesgo con franquicia: En este tipo de seguro el asegurado y la asegurado comparten riesgos, de forma que el asegurado se compromete a pagar una parte de los daños ocasionados a su vehículo (normalmente se establece de un mínimo de cantidad que siempre paga el asegurado al reparar el automóvil que es lo que se llama franquicia), y el resto lo paga la compañía.

Tipos de seguros de salud

A diferencia de las pólizas de coche, los tipos de seguros de salud son más amplios e incluyen más o menos coberturas dependiendo de las necesidades de cada cliente. Entre las más comunes se suelen encontrar:

  • Cuadro médico: en este grupo se incluyen las modalidades con copago o sin copago.
  • Seguros médicos de reembolso: ofrecen la libertad de escoger el centro hospitalario. El asegurado tendrá que pagar por cada visita médica y, posteriormente, la aseguradora le reembolsará el importa, total o parcialmente.
  • Seguros médicos sin hospitalización: no cubren las estancias hospitalarias.

Cuadro médico con o sin copago

Como su propio nombre indica, estos seguros de salud permiten acceder a todo el cuadro médico y a las clínicas concertadas por la compañía. Entre ellos se distinguen el de cuadro médico con copago o sin copago, que presentan las siguientes características:

  • Cuadro médico sin copago: la prima no varía, pudiendo acudir al médico las veces que quieras sin necesidad de que tengas que pagar un extra. En este caso, los recibos mensuales son más elevados que en el de cuadro médico con copago.
  • Cuadro médico con copago: la prima varía. Además del importe anual tendrás que abonar el precio fijado por la aseguradora para cada servicio médico.

Normalmente el precio de los servicios médicos en el seguro de salud con copago suele ser más bajo que la media marcada por el sistema sanitario español.

Seguros de salud con reembolso

Al contratar un seguro de salud con reembolso, el asegurado también puede elegir libremente las clínicas y el médico. Su particularidad es que los servicios no incluidos en la póliza hay que pagarlos por adelantado. Acto seguido, se han de presentar un informe de los gastos generados y solicitar el reintegro.

Porcentaje de devolución de los gastos generados. Cada aseguradora establece el porcentaje de devolución en la póliza. Por lo general, suele oscilar entre el 80 y el 100%.

  • Documentación a presentar para que te reembolsen los gastos
  • Facturas oficiales, con concepto y cuantía
  • Formulario de petición del reembolso: datos de contacto, bancarios y firma del titular de la póliza

Seguro médico sin hospitalización

Los seguros médicos sin hospitalización suelen ser la situación más económica a la hora de contratar una póliza Como su propio nombre indica, no incluyen la cobertura de hospitalización en ningún caso.

Si por ejemplo tienes que someterte a una cirugía, los días que estés ingresado no están contemplados entre las coberturas de la póliza.

Otros tipos de seguros médicos

Hay aseguradoras que prefieren hacer la división entre tipos de seguros por el público objetivo (seguros médicos familiares o individuales), o por la cantidad de servicios incluidos (seguro médico esencial, completo, élite, ultra).

Seguros de indemnización: Otro tipo son los seguros de indemnización, pólizas médicas que ofrecen al asegurado una cantidad de dinero si la hospitalización o intervención le impide desempeñar su trabajo. Están asociados a los de cuadro médico o asistencia sanitaria, donde se fija la cantidad a abonar.


¿Cómo se contrata un seguro?

Actualmente es posible contratar un seguro con todas las garantías por múltiples vías, incluso sin salir de casa, bien sea por teléfono o por internet.

Tradicionalmente se acudía «en persona» a la oficina de la compañía elegida, a una entidad bancaria autorizada (operadores de banca-seguros) o a una correduría de nuestra confianza para estas gestiones.

En general, si se conoce bien el tipo de seguro y las coberturas necesarias, o es un seguro que ya se ha contratado en otras ocasiones, seguramente no será necesario acudir a los expertos. Pero la recomendación es que en caso de duda, se consulte siempre a los profesionales, que están a nuestra disposición para asesorarnos, con independencia del canal elegido.

Además, para ciertos tipos de seguros que puedan resultar más complejos, conviene siempre buscar la ayuda de un especialista desde el principio, por su experiencia y conocimientos.


Adquisición de un seguro

La actividad aseguradora tiene unas peculiaridades propias que hacen que el funcionamiento de su mercado y la distribución de sus productos, los seguros, tengan una naturaleza diferente a cualquier otra actividad económica.

Normalmente, cuando se compra o vende algo físico el comprador recibe el bien e inmediatamente pasa a disfrutarlo. En el caso de los seguros, el comprador paga una prima a cambio de un posible servicio futuro, sin embargo, la protección ha comenzado desde el momento en que se formaliza el contrato de seguro.

La venta del seguro constituye el inicio de la relación entre el asegurado y la compañía aseguradora; ésta no sólo tiene que atender el siniestro, además, su obligación consiste en mantener informado y asesorado a su cliente en todo momento.


El proceso de asegurar un bien

El proceso general para asegurar un bien es el siguiente:

1. Solicitud del seguro

El interesado se pone en contacto con una entidad aseguradora explicando qué riesgo quiere asegurar y todas las circunstancias que considere adecuadas. La entidad acepta o rechaza esa proposición pero aún no existe ninguna vinculación formal.

Es muy importante que el interesado conozca:

  • El valor real de lo que desea asegurar, para que no se den situaciones de infraseguro o sobreseguro.
  • Sus características.
  • Las necesidades reales de cobertura.

Y así lo comunique a la compañía para que pueda evaluar correctamente las características del seguro que va a proponer. Si no, la compañía puede plantear seguros que no se adapten a la realidad o a las necesidades del cliente, y por tanto, que no cumplan con su finalidad: la protección del bien, servicio o actividad asegurados.

En este ámbito rige el principio de presunción de buena fe, es decir, se supone que las declaraciones de riesgo por parte del interesado son correctas y que no pretende obtener beneficios.

2. Proposición de seguro

Con la información anterior, la compañía realiza una propuesta por escrito al potencial asegurado. Una vez entregada y aceptada la proposición, ésta tendrá carácter vinculante para la entidad aseguradora durante un cierto periodo de tiempo.

3. La formalización del contrato de seguros

Si el interesado acepta la proposición, a continuación recibe la póliza de seguros. Ésta entra en vigor cuando se paga la prima correspondiente y se entregan los documentos que integran la póliza.

La póliza es el documento en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las condiciones convenidas entre el asegurador y el asegurado. Es, por tanto, un tipo particular de contrato y como tal, genera obligaciones y derechos tanto a la aseguradora como al tomador.

A pesar de que la póliza es un documento con cierto contenido técnico, conviene leerla y, en su caso, pedir aclaración de todo lo que el interesado necesite. Muchas veces no se es realmente consciente de los límites y coberturas que existe en los seguros, simplemente por no leer con detenimiento este documento.

Toda póliza de seguros debe contener:

  • Condiciones generales: Las condiciones generales reflejan el conjunto de principios básicos que establece el asegurador para regular todos los contratos de seguro que pertenezcan al mismo ramo o modalidad. En estas condiciones suelen establecerse normas relativas a la extensión y objeto del seguro, riesgos excluidos generalmente, forma de liquidación de los siniestros, pago de indemnizaciones, cobro de recibos, comunicaciones entre asegurador y asegurado, jurisdicción,  etc.
  • Condiciones particulares: En las que se detallarán datos más concretos como el nombre y apellidos o denominación social de las partes, el concepto que se asegura, el importe de las primas, lugar y forma de pago, etc.
  • Condiciones especiales: Son aquellas que modifican las condiciones generales, pero en ningún caso podrán contradecir lo que establece la Ley, que se aplican a cada usuario dependiendo de sus características específicas. Deberán ser aceptadas por el cliente.

4. La duración del contrato de seguros

La duración del contrato de seguros hace referencia al plazo en el cual tienen vigencia las garantías. El seguro empieza a tener efecto desde el momento indicado en la póliza, por un tiempo determinado (generalmente, un año).

Ejemplo 1: una persona está pensando contratar un seguro de hogar durante la primera semana del año. Si el plazo de vigencia indicado en la póliza de seguro es desde las 00:00 horas del día 15 de enero y por un año, cualquier siniestro que haya sucedido antes de esa fecha no se considerará cubierto.

En el condicionado de la póliza se prevé que, antes de que finalice el periodo de cobertura, el seguro se pueda renovar automáticamente a un nuevo periodo que suele ser de otro año. Esta renovación tendrá efecto si el tomador sigue pagando la prima correspondiente.

Ejemplo 2: en un seguro de hogar cuyo plazo de vigencia es desde las 00:00 horas del día 15 de enero de 2012 y por un año ¿Se considerará cubierto por dicha póliza un siniestro que ocurre el 17 de enero de 2013?

En este caso, aparece el denominado “plazo de gracia” en virtud del cual el tomador tiene un mes para pagar la prima correspondiente, computado desde la fecha de vencimiento. Transcurrido este plazo se producen los siguientes efectos:

  • Se suspende la cobertura por parte del asegurador.
  • Durante seis meses, contados desde el vencimiento, el asegurador puede reclamar el pago de la prima, quedando extinguido el contrato si no se efectúa tal reclamación en dicho plazo.

En ciertos casos, ambas partes (asegurado y asegurador) pueden rescindir el contrato de seguros antes de la fecha de vencimiento, quedando sin efecto las coberturas. Esta situación no es frecuente, pero la aseguradora puede tomar esta decisión en casos como alteración del riesgo, falsa declaración, impago de primas, etc.


¿Cuándo debo asegurar?

La decisión de asegurar un bien, normalmente, pertenece a la libre voluntad de las personas en el momento en que estimen oportuno y una vez haya valorado las diferentes opciones de respuesta ante los riesgos.

Sin embargo, para realizar determinadas actividades, o iniciar ciertos negocios, es obligatorio contratar algunos seguros, ya que así lo determinan las leyes.

Una de las consecuencias inmediatas de contratar un seguro es tener la tranquilidad de que las cosas importantes de la vida están a salvo. Los riesgos seguirán estando ahí, pero sus consecuencias serán, en gran medida, mucho menos graves.

Siempre hay que tener en cuenta que no basta con contratar un seguro, también se debe reducir la exposición a los riesgos mediantes otras medidas de protección, como por ejemplo: a través de hábitos de vida saludables, con una conducción segura, revisando las instalaciones domésticas, conservando y manteniendo adecuadamente los bienes, etc.

Algunos ejemplos de seguros obligatorios:

  • Seguro de responsabilidad civil obligatoria para la conducción de vehículos de motor. Para poder circular con un vehículo en España es imprescindible contratar este seguro.
  • Seguro de responsabilidad civil del cazador.
  • Seguro de responsabilidad civil para embarcaciones de recreo o deportivas, y de responsabilidad civil de utilización de motos náuticas y de accidentes de las destinadas al alquiler.
  • Seguros que garantizan el cumplimiento de las obligaciones por pensiones previstas en los convenios colectivos, a cargo de las empresas y a favor de sus trabajadores.
  • Seguros de vida o accidentes considerados obligatorios en los convenios colectivos.
  • Seguro obligatorio deportivo, a suscribir por las federaciones deportivas para los deportistas inscritos en las mismas, que participen en competiciones de ámbito estatal, protegiendo riesgos para la salud derivados de la práctica deportiva.
  • Seguros de responsabilidad civil para tenencia de animales de raza potencialmente peligrosa. Por ejemplo, en España la posesión de determinadas razas de perros (entre otras, Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino) está regulada por ley y obliga a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños que cause el perro.
  • Seguro obligatorio de viajeros, es un seguro de accidentes individual para los que sufran muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal producida con ocasión del desplazamiento en transporte público colectivo. Una parte del precio del billete de un transporte colectivo es precisamente para pagar el seguro obligatorio de viajeros (SOV).
  • Seguro de responsabilidad civil ilimitada para las empresas que realicen transporte escolar y de menores.

Una de las consecuencias inmediatas de contratar un seguro es tener la tranquilidad de que las cosas importantes de la vida están a salvo. Los riesgos seguirán estando ahí, pero sus consecuencias serán, en gran medida, mucho menos graves. Siempre hay que tener en cuenta que no basta con contratar un seguro, también se debe reducir la exposición a los riesgos mediante otras medidas de protección, como por ejemplo: a través de hábitos de vida saludables, con una conducción segura, revisando las instalaciones domésticas, conservando y manteniendo adecuadamente los bienes, etc.


¿Cuándo puedo asegurar?

Para poder asegurar algo debe existir el riesgo. No es posible asegurar nada después de sucedido un siniestro ya que dejaríamos de tener incertidumbre sobre su manifestación.

Por ejemplo, no se puede contratar un seguro de cancelación de viaje después de realizarse el mismo.


¿Cómo se tramita un siniestro?

Un siniestro es un acontecimiento que origina unos daños concretos, garantizados por la póliza de seguros hasta una determinada cuantía. Además, motiva la aparición del principio indemnizatorio según el cual las entidades aseguradoras están obligadas a satisfacer, total o parcialmente, al asegurado o a sus beneficiarios, el capital garantizado en el contrato.

Sin embargo, no hay que entender siempre el siniestro desde una perspectiva negativa, porque hay siniestros de carácter positivo, como por ejemplo, llegar a la edad de jubilación y adquirir el derecho a percibir una renta.

Para entender mejor el concepto de siniestro, a continuación se exponen algunos ejemplos:

  • El incendio que origina la destrucción total o parcial de un edificio asegurado.
  • El accidente de circulación del que resultan lesiones personales o daños materiales.
  • El fallecimiento o la invalidez de una asegurada en una póliza de vida o de accidente.
  • La enfermedad o la intervención quirúrgica de una persona.
  • El naufragio en el que se pierde un buque o las mercancías transportadas.
  • El granizo que destruye una plantación agrícola asegurada.

En ocasiones, algunas personas se sienten frustradas cuando pagan la prima, no tienen ningún siniestro durante el periodo de cobertura y, por ello, no reciben nada «material» o «económico» a cambio. Sin embargo, esa es la esencia del seguro: la promesa de una indemnización en caso de que ocurra un evento accidental o fortuito.

¡Si no sucede nada malo, es buena señal! La protección existe desde la contratación del seguro aunque no seamos conscientes. En el momento en el que ocurra cualquier hecho previsto en la póliza, la compañía de seguros va a garantizar la reparación de los daños.


Fases de la tramitación del siniestro

Estos son trámites internos de la entidad de seguros, pero una descripción de ellos permite entender esta parte de la actividad aseguradora.

1. Recepción de la declaración

La tramitación del siniestro comienza con la declaración que realiza el asegurado una vez que ocurre el mismo. Normalmente, es la primera noticia que tiene la entidad aseguradora y, por lo tanto, es fundamental que esta declaración aporte una información completa sobre las causas y las consecuencias que se derivan de dicho siniestro.

2. Apertura del expediente

Después de conocer el siniestro, la aseguradora «abre un expediente” al que se incorporan posteriormente todas las informaciones y datos que se obtengan en la tramitación.

3. Valoración inicial del siniestro

Al mismo tiempo que se abre el expediente, el tramitador de la compañía aseguradora realiza una primera valoración de su coste.

4. Primeras comprobaciones

Con las primeras comprobaciones el asegurador pretende conocer si debe proseguir hasta finalizar la gestión del siniestro o dar por concluido el proceso. El asegurado puede adoptar alguna de estas tres decisiones:

  • El siniestro no es objeto de cobertura: se comunica el rehúse.
  • Es una situación clara de cobertura del seguro. se procede a indemnizar al asegurado y cerrar el expediente.
  • Si el caso presenta complejidades, se debe continuar con la tramitación del siniestro.

5. Intervención del perito

El perito es un profesional experto en la materia a quien el asegurador confía la tarea de valorar las consecuencias del siniestro y analizar sus posibles causas. Del informe que realice depende, en gran medida, la decisión del asegurador sobre la aceptación o no del siniestro.

6. Resolución de la tramitación

Una vez realizadas todas las averiguaciones, valorado el coste del siniestro y estimada la indemnización (si corresponde), el asegurador adoptará alguna de las siguientes decisiones:

  • Pagar la indemnización o prestación correspondiente.
  • Pagar la indemnización y anular el contrato de seguro a su vencimiento. Es una posibilidad legal y, por tanto, puede aplicarse a todas las pólizas. En unos casos se recinde el contrato por decisión del asegurador y en otros porque deja de existir el objeto asegurado y, por lo tanto, desaparece el riesgo (por ejemplo, en un seguro de asistencia en viaje cuando finaliza el viaje).
  • Negarse a pagar la indemnización. Decisión del asegurador cuando tiene la certeza de que el siniestro puede rechazarse de acuerdo con las condiciones de la póliza. El asegurador debe aportar todas las pruebas que le lleven a tomar esta decisión y comunicárselas al asegurado.

¿Qué hay que hacer en caso de siniestro?

Obligaciones del asegurado

Las obligaciones del asegurado, en caso de ocurrir un siniestro, son las siguientes:

  • Reducir las consecuencias. Una vez ocurrido el siniestro, el asegurado debe procurar reducir sus consecuencias, adoptando las medidas de salvamento que considere más adecuadas.
  • Notificar el siniestro. Comunicar el siniestro al asegurador dentro del plazo establecido.
  • Mantener siempre informada a la compañía de seguros. Durante la tramitación, el asegurado debe ir aportando toda la nueva documentación que surja (facturas, informes médicos, etc.)
  • Informar a la aseguradora de las recuperaciones. Si una vez ocurrido el siniestro el asegurado obtuviera alguna cantidad monetaria por parte del  responsable del daño o recuperase algún bien, deberá comunicarlo al asegurador. Ejemplo: si el causante del incendio en una vivienda asegurada ha resultado ser el vecino y éste se responsabiliza del siniestro y paga el valor de la vivienda, el asegurado tiene la obligación de comunicar esta situación a la aseguradora.
  • Comunicar a los perjudicados la existencia del seguro. El cumplimiento de este deber beneficia al tercero perjudicado, a quien el asegurado debe informar de la existencia de un seguro que garantiza los daños.

Obligaciones de la aseguradora

  • El pago de la indemnización. Constituye la principal obligación de la compañía de seguros. Su cuantía se determina en función de la tasación de los daños, con el límite máximo que figure en la póliza.
  • Comunicar el rehúse del siniestro. A la vista de los datos que se pongan de manifiesto y en base a las normas de la póliza, la entidad aseguradora puede acordar el rehúse del siniestro. Debe hacerlo por escrito al asegurado, expresando los motivos del mismo, a fin de que el asegurado acepte la decisión de la compañía o realice una reclamación si lo considera conveniente.