Un siniestro es un acontecimiento que origina unos daños concretos, garantizados por la póliza de seguros hasta una determinada cuantía. Además, motiva la aparición del principio indemnizatorio según el cual las entidades aseguradoras están obligadas a satisfacer, total o parcialmente, al asegurado o a sus beneficiarios, el capital garantizado en el contrato.
Para entender mejor el concepto de siniestro, a continuación se exponen algunos ejemplos:
- El incendio que origina la destrucción total o parcial de un edificio asegurado.
- El accidente de circulación del que resultan lesiones personales o daños materiales.
- El fallecimiento o la invalidez de una asegurada en una póliza de vida o de accidente.
- La enfermedad o la intervención quirúrgica de una persona.
- El naufragio en el que se pierde un buque o las mercancías transportadas.
- El granizo que destruye una plantación agrícola asegurada.
En ocasiones, algunas personas se sienten frustradas cuando pagan la prima, no tienen ningún siniestro durante el periodo de cobertura y, por ello, no reciben nada “material” o “económico” a cambio. Sin embargo, esa es la esencia del seguro: la promesa de una indemnización en caso de que ocurra un evento accidental o fortuito.
¡Si no sucede nada malo, es buena señal! La protección existe desde la contratación del seguro aunque no seamos conscientes. En el momento en el que ocurra cualquier hecho previsto en la póliza, la compañía de seguros va a garantizar la reparación de los daños.
¿Qué hay que hacer en caso de siniestro?
Obligaciones del asegurado
Las obligaciones del asegurado, en caso de ocurrir un siniestro, son las siguientes:
- Reducir las consecuencias. Una vez ocurrido el siniestro, el asegurado debe procurar reducir sus consecuencias, adoptando las medidas de salvamento que considere más adecuadas.
- Notificar el siniestro. Comunicar el siniestro al asegurador dentro del plazo establecido.
- Mantener siempre informada a la compañía de seguros. Durante la tramitación, el asegurado debe ir aportando toda la nueva documentación que surja (facturas, informes médicos, etc.)
- Informar a la aseguradora de las recuperaciones. Si una vez ocurrido el siniestro el asegurado obtuviera alguna cantidad monetaria por parte del responsable del daño o recuperase algún bien, deberá comunicarlo al asegurador. Ejemplo: si el causante del incendio en una vivienda asegurada ha resultado ser el vecino y éste se responsabiliza del siniestro y paga el valor de la vivienda, el asegurado tiene la obligación de comunicar esta situación a la aseguradora.
- Comunicar a los perjudicados la existencia del seguro. El cumplimiento de este deber beneficia al tercero perjudicado, a quien el asegurado debe informar de la existencia de un seguro que garantiza los daños.
Obligaciones de la aseguradora
- El pago de la indemnización. Constituye la principal obligación de la compañía de seguros. Su cuantía se determina en función de la tasación de los daños, con el límite máximo que figure en la póliza.
- Comunicar el rehúse del siniestro. A la vista de los datos que se pongan de manifiesto y en base a las normas de la póliza, la entidad aseguradora puede acordar el rehúse del siniestro. Debe hacerlo por escrito al asegurado, expresando los motivos del mismo, a fin de que el asegurado acepte la decisión de la compañía o realice una reclamación si lo considera conveniente.
Fases de la tramitación del siniestro
Estos son trámites internos de la entidad de seguros, pero una descripción de ellos permite entender esta parte de la actividad aseguradora.
1. Recepción de la declaración
La tramitación del siniestro comienza con la declaración que realiza el asegurado una vez que ocurre el mismo. Normalmente, es la primera noticia que tiene la entidad aseguradora y, por lo tanto, es fundamental que esta declaración aporte una información completa sobre las causas y las consecuencias que se derivan de dicho siniestro.
2. Apertura del expediente
Después de conocer el siniestro, la aseguradora “abre un expediente” al que se incorporan posteriormente todas las informaciones y datos que se obtengan en la tramitación.
3. Valoración inicial del siniestro
Al mismo tiempo que se abre el expediente, el tramitador de la compañía aseguradora realiza una primera valoración de su coste.
4. Primeras comprobaciones
Con las primeras comprobaciones el asegurador pretende conocer si debe proseguir hasta finalizar la gestión del siniestro o dar por concluido el proceso. El asegurado puede adoptar alguna de estas tres decisiones:
- El siniestro no es objeto de cobertura: se comunica el rehúse.
- Es una situación clara de cobertura del seguro. se procede a indemnizar al asegurado y cerrar el expediente.
- Si el caso presenta complejidades, se debe continuar con la tramitación del siniestro.
5. Intervención del perito
El perito es un profesional experto en la materia a quien el asegurador confía la tarea de valorar las consecuencias del siniestro y analizar sus posibles causas. Del informe que realice depende, en gran medida, la decisión del asegurador sobre la aceptación o no del siniestro.
6. Resolución de la tramitación
Una vez realizadas todas las averiguaciones, valorado el coste del siniestro y estimada la indemnización (si corresponde), el asegurador adoptará alguna de las siguientes decisiones:
- Pagar la indemnización o prestación correspondiente.
- Pagar la indemnización y anular el contrato de seguro a su vencimiento. Es una posibilidad legal y, por tanto, puede aplicarse a todas las pólizas. En unos casos se rescinde el contrato por decisión del asegurador y en otros porque deja de existir el objeto asegurado y, por lo tanto, desaparece el riesgo (por ejemplo, en un seguro de asistencia en viaje cuando finaliza el viaje).
- Negarse a pagar la indemnización. Decisión del asegurador cuando tiene la certeza de que el siniestro puede rechazarse de acuerdo con las condiciones de la póliza. El asegurador debe aportar todas las pruebas que le lleven a tomar esta decisión y comunicárselas al asegurado.