El proceso de asegurar un bien


El proceso general para asegurar un bien es el siguiente:

1. Solicitud del seguro

El interesado se pone en contacto con una entidad aseguradora explicando qué riesgo quiere asegurar y todas las circunstancias que considere adecuadas. La entidad acepta o rechaza esa proposición pero aún no existe ninguna vinculación formal.

Es muy importante que el interesado conozca:

  • El valor real de lo que desea asegurar, para que no se den situaciones de infraseguro o sobreseguro.
  • Sus características.
  • Las necesidades reales de cobertura.

Y así lo comunique a la compañía para que pueda evaluar correctamente las características del seguro que va a proponer. Si no, la compañía puede plantear seguros que no se adapten a la realidad o a las necesidades del cliente, y por tanto, que no cumplan con su finalidad: la protección del bien, servicio o actividad asegurados.

En este ámbito rige el principio de presunción de buena fe, es decir, se supone que las declaraciones de riesgo por parte del interesado son correctas y que no pretende obtener beneficios.

2. Proposición de seguro

Con la información anterior, la compañía realiza una propuesta por escrito al potencial asegurado. Una vez entregada y aceptada la proposición, ésta tendrá carácter vinculante para la entidad aseguradora durante un cierto periodo de tiempo.

3. La formalización del contrato de seguros

Si el interesado acepta la proposición, a continuación recibe la póliza de seguros. Ésta entra en vigor cuando se paga la prima correspondiente y se entregan los documentos que integran la póliza.

La póliza es el documento en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las condiciones convenidas entre el asegurador y el asegurado. Es, por tanto, un tipo particular de contrato y como tal, genera obligaciones y derechos tanto a la aseguradora como al tomador.

A pesar de que la póliza es un documento con cierto contenido técnico, conviene leerla y, en su caso, pedir aclaración de todo lo que el interesado necesite. Muchas veces no se es realmente consciente de los límites y coberturas que existe en los seguros, simplemente por no leer con detenimiento este documento.

Toda póliza de seguros debe contener:

  • Condiciones generales: Las condiciones generales reflejan el conjunto de principios básicos que establece el asegurador para regular todos los contratos de seguro que pertenezcan al mismo ramo o modalidad. En estas condiciones suelen establecerse normas relativas a la extensión y objeto del seguro, riesgos excluidos generalmente, forma de liquidación de los siniestros, pago de indemnizaciones, cobro de recibos, comunicaciones entre asegurador y asegurado, jurisdicción,  etc.
  • Condiciones particulares: En las que se detallarán datos más concretos como el nombre y apellidos o denominación social de las partes, el concepto que se asegura, el importe de las primas, lugar y forma de pago, etc.
  • Condiciones especiales: Son aquellas que modifican las condiciones generales, pero en ningún caso podrán contradecir lo que establece la Ley, que se aplican a cada usuario dependiendo de sus características específicas. Deberán ser aceptadas por el cliente.

4. La duración del contrato de seguros

La duración del contrato de seguros hace referencia al plazo en el cual tienen vigencia las garantías. El seguro empieza a tener efecto desde el momento indicado en la póliza, por un tiempo determinado (generalmente, un año).

Ejemplo 1: una persona está pensando contratar un seguro de hogar durante la primera semana del año. Si el plazo de vigencia indicado en la póliza de seguro es desde las 00:00 horas del día 15 de enero y por un año, cualquier siniestro que haya sucedido antes de esa fecha no se considerará cubierto.

En el condicionado de la póliza se prevé que, antes de que finalice el periodo de cobertura, el seguro se pueda renovar automáticamente a un nuevo periodo que suele ser de otro año. Esta renovación tendrá efecto si el tomador sigue pagando la prima correspondiente.

Ejemplo 2: en un seguro de hogar cuyo plazo de vigencia es desde las 00:00 horas del día 15 de enero de 2012 y por un año ¿Se considerará cubierto por dicha póliza un siniestro que ocurre el 17 de enero de 2013?

En este caso, aparece el denominado “plazo de gracia” en virtud del cual el tomador tiene un mes para pagar la prima correspondiente, computado desde la fecha de vencimiento. Transcurrido este plazo se producen los siguientes efectos:

  • Se suspende la cobertura por parte del asegurador.
  • Durante seis meses, contados desde el vencimiento, el asegurador puede reclamar el pago de la prima, quedando extinguido el contrato si no se efectúa tal reclamación en dicho plazo.

En ciertos casos, ambas partes (asegurado y asegurador) pueden rescindir el contrato de seguros antes de la fecha de vencimiento, quedando sin efecto las coberturas. Esta situación no es frecuente, pero la aseguradora puede tomar esta decisión en casos como alteración del riesgo, falsa declaración, impago de primas, etc.


¿Cuándo debo asegurar?

La decisión de asegurar un bien, normalmente, pertenece a la libre voluntad de las personas en el momento en que estimen oportuno y una vez haya valorado las diferentes opciones de respuesta ante los riesgos.

Sin embargo, para realizar determinadas actividades, o iniciar ciertos negocios, es obligatorio contratar algunos seguros, ya que así lo determinan las leyes.

Una de las consecuencias inmediatas de contratar un seguro es tener la tranquilidad de que las cosas importantes de la vida están a salvo. Los riesgos seguirán estando ahí, pero sus consecuencias serán, en gran medida, mucho menos graves.

Siempre hay que tener en cuenta que no basta con contratar un seguro, también se debe reducir la exposición a los riesgos mediantes otras medidas de protección, como por ejemplo: a través de hábitos de vida saludables, con una conducción segura, revisando las instalaciones domésticas, conservando y manteniendo adecuadamente los bienes, etc.

Algunos ejemplos de seguros obligatorios:

  • Seguro de responsabilidad civil obligatoria para la conducción de vehículos de motor. Para poder circular con un vehículo en España es imprescindible contratar este seguro.
  • Seguro de responsabilidad civil del cazador.
  • Seguro de responsabilidad civil para embarcaciones de recreo o deportivas, y de responsabilidad civil de utilización de motos náuticas y de accidentes de las destinadas al alquiler.
  • Seguros que garantizan el cumplimiento de las obligaciones por pensiones previstas en los convenios colectivos, a cargo de las empresas y a favor de sus trabajadores.
  • Seguros de vida o accidentes considerados obligatorios en los convenios colectivos.
  • Seguro obligatorio deportivo, a suscribir por las federaciones deportivas para los deportistas inscritos en las mismas, que participen en competiciones de ámbito estatal, protegiendo riesgos para la salud derivados de la práctica deportiva.
  • Seguros de responsabilidad civil para tenencia de animales de raza potencialmente peligrosa. Por ejemplo, en España la posesión de determinadas razas de perros (entre otras, Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino) está regulada por ley y obliga a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños que cause el perro.
  • Seguro obligatorio de viajeros, es un seguro de accidentes individual para los que sufran muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal producida con ocasión del desplazamiento en transporte público colectivo. Una parte del precio del billete de un transporte colectivo es precisamente para pagar el seguro obligatorio de viajeros (SOV).
  • Seguro de responsabilidad civil ilimitada para las empresas que realicen transporte escolar y de menores.

Una de las consecuencias inmediatas de contratar un seguro es tener la tranquilidad de que las cosas importantes de la vida están a salvo. Los riesgos seguirán estando ahí, pero sus consecuencias serán, en gran medida, mucho menos graves. Siempre hay que tener en cuenta que no basta con contratar un seguro, también se debe reducir la exposición a los riesgos mediante otras medidas de protección, como por ejemplo: a través de hábitos de vida saludables, con una conducción segura, revisando las instalaciones domésticas, conservando y manteniendo adecuadamente los bienes, etc.


¿Cuándo puedo asegurar?

Para poder asegurar algo debe existir el riesgo. No es posible asegurar nada después de sucedido un siniestro ya que dejaríamos de tener incertidumbre sobre su manifestación.

Por ejemplo, no se puede contratar un seguro de cancelación de viaje después de realizarse el mismo.


 

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