Artículo 107 de la Constitución Española
El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.
Explicación del artículo 107 de la Constitución Española
El Artículo 107 de la Constitución Española se refiere al Consejo de Estado en España. Aquí está la información clave contenida en este artículo:
El artículo establece que:
- El Consejo de Estado es el órgano consultivo supremo del Gobierno. Esto significa que su función principal es proporcionar asesoramiento legal y técnico al Gobierno en cuestiones relevantes.
- Se requerirá una ley orgánica para regular la composición y competencia del Consejo de Estado. En otras palabras, los detalles específicos sobre cómo se constituye este órgano, quiénes lo conforman y cuáles son sus áreas de responsabilidad deben ser establecidos por una ley orgánica.
En resumen, el Artículo 107 establece la importancia del Consejo de Estado como el principal órgano consultivo del Gobierno en España y establece la necesidad de una ley orgánica para definir su estructura y responsabilidades.
También te puede interesar
Artículo 45 de la Constitución Española
Artículo 29 de la Constitución Española
Artículo 102 de la Constitución Española
Artículo 165 de la Constitución Española
Artículo 72 de la Constitución Española
Disposición Transitoria Sexta de la Constitución Española
Artículo 91 de la Constitución Española
Artículo 34 de la Constitución Española