Efectos del contrato de fianza


Efectos del contrato de fianza

Efectos entre acreedor y fiador

  • El acreedor puede perseguir al fiador desde que la obligación se haya hecho exigible; no siendo necesario perseguir al deudor principal (a no ser que este interponga el beneficio de excusión).
  • El fiador, antes de ser requerido de pago, puede pagar la deuda. En este caso, las obligaciones del fiador son las siguientes:
    • Si paga antes del plazo, deberá esperar a que se cumpla este para ejercitar contra el deudor la acción de reembolso.
    • Deberá dar aviso al deudor antes de pagar anticipadamente, de no hacerlo la sanción es:
      • El deudor puede oponer todas las excepciones que pudo oponer el acreedor.
      • El fiador pierde la acción de reembolso, en caso de que el deudor pague la deuda al acreedor ignorando que ya la ha pagado el fiador.
  • El fiador puede oponer el beneficio de excusión, el beneficio de división, la excepción de subrogación y las excepciones reales o personales.

Efectos entre fiador y deudor

  • El fiador tiene derecho para que el deudor le obtenga el relevo o le caucione las resultas de la fianza, o consigne medios para el pago en los siguientes casos (estos derechos no se extienden al que afianzó contra la voluntad del deudor):
    • Cuando el deudor principal disipa temerariamente sus bienes.
    • Cuando el deudor se obligó a obtener el relevo de la fianza dentro de cierto plazo y este ya ha vencido.
    • Cuando se ha cumplido la condición o vencido el plazo y se hace, en consecuencia, exigible la obligación en todo o parte.
    • Cuando haya fundado temor que el deudor principal se fugue o no deje bienes suficientes para el pago de la deuda.
  • Fiador y deudor están obligados recíprocamente a darse aviso del pago.
    • Si el deudor paga sin dar aviso al fiador será responsable de lo que este ignorando el pago pagare de nuevo, pero tendrá acción de reembolso en contra del acreedor.
    • Si paga el fiador sin dar aviso al deudor y el deudor paga la deuda, el fiador no tiene acción de reembolso contra el deudor, pero sí puede repetir contra el acreedor por el pago de lo no debido, además en caso de haber pagado precipitadamente podrá el deudor oponer a la acción de reembolso todas las acciones que pudo oponer el acreedor.
  • El fiador tiene derecho a que se le reembolse lo pagado, esto es por vía de la acción de reembolso.
  • El fiador tiene derecho a que se le reembolsen los otros perjuicios, de acuerdo con las reglas generales.
  • El fiador que paga la deuda se subroga en los derechos del acreedor.

Efectos entre cofiadores

  • Cuando son varios, la deuda se divide entre ellos, de iure, en partes iguales.
  • El cofiador que paga más de lo que le corresponde, tiene derecho a que sus cofiadores le reembolsen el exceso.
  • Entre ellos pueden oponerse las excepciones reales y las suyas personales.

Fuente: Wikipedia

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