Artículo 2 del Código Civil Español

Artículo 2 del Código Civil Español 1. Las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa. 2. Las leyes sólo se derogan por otras posteriores. La derogación tendrá el alcance que expresamente se disponga y se extenderá … Leer más

Artículo 1 del Código Civil Español

Artículo 1 del Código Civil Español 1. Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. 2. Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior. 3. La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o … Leer más

Código Civil Español

CÓDIGO CIVIL TÍTULO PRELIMINAR. De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia CAPÍTULO I. Fuentes del derecho Artículo 1. Artículo 2. CAPÍTULO II. Aplicación de las normas jurídicas Artículo 3. Artículo 4. Artículo 5. CAPÍTULO III. Eficacia general de las normas jurídicas Artículo 6. Artículo 7. CAPÍTULO IV. Normas de derecho internacional privado Artículo 8. … Leer más