Vehículos


¿Qué tipos de vehículos hay?

Debido a la extensa oferta de vehículos que hay en el mercado, la Dirección General de Tráfico (ITV) hace una clasificación en función de su construcción y utilidad. Impulsados por animales, de diferente número de ruedas, peso o capacidad, destinados al transporte de personas o mercancías… las opciones son muchas y variadas y cada una de ellas tiene un tratamiento legal ajustado a sus necesidades y características.

Vehículo de tracción animal:

Arrastrado por animales.

Bicicleta:

Ciclo de dos ruedas.

Ciclomotor:

Vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3 (si es de combustión interna) y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. Vehículo de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior a 350 kg (no incluida la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos) cuya velocidad máxima por construcción no sea superior a 45 km/h y con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 (para los motores de combustión interna) o cuya potencia máxima neta sea inferior o igual a 4 kW para los demás tipos de motores.

Motocicleta:

Automóvil de dos ruedas o con sidecar.

Motocarro:

Vehículo de tres ruedas dotado de caja o plataforma para el transporte de cosas.

Automóvil de tres ruedas:

Vehículo de tres ruedas y cuatriciclos.

Quad-ATV:

Vehículo de cuatro ó más ruedas fabricado para usos específicos muy concretos, con utilización fundamentalmente fuera de carretera, con sistema de dirección mediante manillar en el que el conductor va sentado a horcajadas y dotado de un sistema de tracción adecuado al uso fuera de carretera y cuya velocidad puede estar limitada en función de sus características técnicas o uso.

Turismo:

Automóvil distinto de la motocicleta, especialmente concebido y construido para el transporte de personas y con capacidad de hasta 9 plazas (incluido el conductor).

Autobús o autocar MMA 3.500 kg (ligero):

Automóvil concebido y construido para el transporte de más de 9 personas (incluido el conductor) cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg.

Camión MMA 3.500 kg (ligero):

Automóvil que posee una cabina con capacidad de hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg.

Furgón/Furgoneta MMA 3.500 kg (ligero):

Automóvil destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.

Derivado de turismo:

Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos.

Vehículo mixto adaptable:

Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

Tractor agrícola:

Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para arrastrar o empujar aperos, maquinaria o remolques agrícolas.

Motocultor:

Vehículo especial autopropulsado de un eje, dirigible por manceras por un conductor que marche a pie. Ciertos motocultores pueden también ser dirigidos desde un asiento incorporado a un remolque o máquina agrícola o a un aparato o bastidor auxiliar con ruedas.

Portador:

Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para portar máquinas agrícolas.

Tractocarro:

Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, especialmente concebido para el transporte en campo de productos agrícolas.

Remolque agrícola:

Vehículo especial de transporte construido y destinado para ser arrastrado por un tractor agrícola, motocultor, portador o máquina agrícola automotriz. Se incluyen en esta definición a los semirremolques agrícolas.

Máquina agrícola automotriz:

Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas.

Máquina agrícola remolcada:

Vehículo especial concebido y construído para efectuar trabajos agícolas y que para trasladarse y maniobrar debe ser arrastrado o empujado por un tractor, motocultor, portador o máquina agrícola automotríz.

Autobús o autocar = 3.500 Kg.:

Automóvil concebido y construído para el transporte de más de 9 personas incluído el conductor, cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 Kg.

Autobús o autocar articulado:

Vehículo compuesto por dos secciones rígidas unidas por otra articulada que las comunica.

Autobús o autocar mixto:

Vehículo concebido y construido para transportar personas y mercancías simultánea y separadamente.

Trolebús:

Automóvil destinado al transporte de personas con capacidad para 10 o más plazas (incluido el conductor), accionado por motor eléctrico con toma de corriente por trole y que circula por carriles.

Autobús o autocar de dos pisos:

Autobús o autocar en el que los espacios destinados a los pasajeros están dispuestos, al menos parcialmente, en dos niveles superpuestos, de los cuales el superior no dispone de plazas sin asiento.

Camión 3.500 kg

Camión mayor


 

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