Artículo 138 de la Constitución Española


Artículo 138 de la Constitución Española

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.


Explicación del artículo 138 de la Constitución Española

El artículo 138 de la Constitución Española establece principios de solidaridad y equilibrio económico en el contexto de la organización territorial de España. Aquí se presenta la esencia de este artículo:

  1. Principio de Solidaridad y Equilibrio Económico: El Estado tiene la responsabilidad de garantizar la realización efectiva del principio de solidaridad establecido en el artículo 2 de la Constitución. Esto implica asegurar un equilibrio económico adecuado y justo entre las distintas partes del territorio español. También se menciona la atención particular a las circunstancias relacionadas con las regiones insulares.
  2. Igualdad entre Comunidades Autónomas: A pesar de las diferencias que pueden existir entre los Estatutos (leyes fundamentales) de las distintas Comunidades Autónomas, ninguna de estas diferencias puede llevar a privilegios económicos o sociales. Se busca evitar que la variabilidad en los Estatutos resulte en desigualdades económicas o sociales injustas entre las regiones autónomas.

En resumen, el artículo 138 de la Constitución Española establece el compromiso del Estado de asegurar la solidaridad y el equilibrio económico entre las distintas partes del territorio español, al mismo tiempo que garantiza que las diferencias en los Estatutos de las Comunidades Autónomas no conduzcan a privilegios injustos en términos económicos o sociales.


 

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