¿Qué es una hipoteca inmobiliaria?


¿Qué es una hipoteca inmobiliaria?

La hipoteca inmobiliaria, como derecho real de realización del valor en garantía, permite al acreedor hipotecario someter el bien hipotecado a venta forzosa -Ejecución de hipoteca-, para hacerse pago de la deuda con el producto obtenido. Ello sin duda ha fomentado la inversión en la construcción y adquisición de bienes raíces a crédito pero ha fomentado en numerosos países las burbujas inmobiliarias y las consecuencias indeseables para los compradores, sobre todo particulares, cuando no pueden responder al pago establecido del precio de la vivienda y sus intereses: desahucios y desalojo forzado.

El perfeccionamiento de la hipoteca inmobiliaria ha fomentado la construcción de edificios y el desarrollo inmobiliario en general, como resultado de la facilidad de obtención de recursos financieros ajenos por efecto de la calidad de la garantía que supone dicha hipoteca. Muestra de este fenómeno ha sido el espectacular desarrollo del crédito territorial especialmente en Europa y América del Norte, en la década habida entre los años 1998 y 2008. Sus consecuencias fueron nefastas: crisis de las hipotecas subprime, Crisis financiera de 2008, Gran Recesión y extensión de la crisis económica a países del euro.

La hipoteca inmobiliaria es un derecho real de garantía que recae, de forma exclusiva, sobre bienes inmuebles y confiere a su titular un derecho de realización de valor de los inmuebles hipotecados con el fin de asegurar el cumplimiento de la obligación garantizada por la hipoteca. Esta clase de hipoteca fomenta la riqueza económica en cuanto es el origen del llamado crédito territorial. Generalmente se formaliza mediante escritura pública que necesariamente se tiene que inscribir en el Registro de la Propiedad (o el registro inmobiliario equivalente en cada país) siendo constitutiva tal inscripción registral (si no se inscribe no nace), por la circunstancia de que el bien inmueble hipotecado continúa en posesión del deudor hipotecario obligado a cumplir. Se puede constituir también por ministerio de la ley.

No debe confundirse la obligación garantizada (préstamo o crédito) con la propia garantía (hipoteca) que es la que asegura la devolución de lo prestado. Aunque vayan unidos, el crédito hipotecario y la hipoteca son negocios jurídicos distintos. Así, con independencia del préstamo, siempre se podrá ejecutar y realizar su valor (venta forzosa), sin tener en consideración al dueño de la cosa hipotecada, o al titular del derecho real hipotecado.


Fuente: Wikipedia

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