Nueva normativa del IVA de Julio 2021 para ventas online


Las modificaciones en la normativa vigente afectarán a todo el comercio electrónico y se aplicarán a partir del 1 de Julio del 2021 en todos los Estados de la Unión Europea.

Nuevos Requisitos

Se establece un importe único de 10.000 euros al año en transacciones con cualquier Estado miembro. Es decir, las empresas que reciban pedidos online de fuera de su país por un importe total igual o superior a esa cantidad deberán facturar con el tipo de IVA que se aplique en el país de destino.

Sin embargo, no tendrán que darse alta ante ningún organismo extranjero, sino que podrán presentar las liquidaciones en su propio país mediante un nuevo régimen de ventanilla única. Esta ventanilla única es un portal web mediante el cual se puede declarar y pagar el IVA telemáticamente: el sistema se encarga de remitir el importe recaudado al Estado comunitario que corresponda.

En cualquier caso, seguirá siendo obligatorio aplicar los diferentes tipos de IVA y, cuando la facturación quede por debajo del umbral de los 10 000 euros, se continuará aplicando la tasa impositiva del lugar de origen.

La nueva normativa derogará la exención actual del IVA para los pequeños envíos de menos de 22 €. Así, todas las importaciones que provengan de fuera de la UE, independientemente de su valor, estarán sujetas al IVA del Estado miembro de destino. No obstante, se mantendrá la exención del pago de derechos de aduana para las importaciones que no alcancen los 150 €.

Por último, los marketplaces o plataformas de venta (eBay, Amazon, etc.) pasarán a considerarse vendedores y, por tanto, tendrán el deber de gestionar el IVA cuando la empresa usuario no esté en la UE. No importa si son los proveedores directos o si actúan como intermediarios. Con todo, las ventas hacia el marketplace sí estarán exentas de gravamen.


 

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