Artículo 128 de la Constitución Española


Artículo 128 de la Constitución Española

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.


Explicación del artículo 128 de la Constitución Española

El Artículo 128 de la Constitución Española aborda cuestiones relacionadas con la economía y la propiedad en España.

Aquí está la información clave contenida en este artículo:

Subordinación al interés general:

    • Todas las formas de riqueza en el país, independientemente de su titularidad (pública o privada), están subordinadas al interés general. Esto significa que el bienestar y el beneficio de la sociedad en su conjunto deben prevalecer sobre los intereses individuales o particulares.

Iniciativa pública en la actividad económica:

    • El artículo reconoce y respalda la iniciativa pública en la actividad económica. Esto significa que el Estado puede tomar medidas para intervenir en la economía y participar en actividades económicas, especialmente cuando se considera necesario para garantizar el interés general.
    • A través de leyes, se pueden tomar medidas como la reserva al sector público de recursos o servicios esenciales. Esta reserva puede ser aplicada, por ejemplo, en situaciones en las que exista un monopolio o cuando se considere que el interés general exige la intervención del sector público en la gestión de ciertas empresas.

En resumen, el Artículo 128 establece que la riqueza en todas sus formas está subordinada al interés general en España. Además, reconoce la posibilidad de que el sector público participe en la actividad económica y tome medidas para intervenir en situaciones donde sea necesario para garantizar el bienestar de la sociedad. Esto refleja la preocupación por equilibrar los intereses económicos individuales con el interés general de la sociedad.


 

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