¿Qué es el seguro de defensa jurídica?
Es aquel por el cual el asegurador se obliga a hacerse cargo de aquellos gastos en que pueda incurrir el asegurado por su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, así como a brindarle los servicios de asistencia jurídica (judicial y extrajudicial) derivados de la cobertura del seguro.
En España se encuentra regulada en el art. 76 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, mientras que en otros países como Argentina no se encuentra expresamente regulado por la ley. Esta clase de seguros permite que el asegurado pueda protegerse de diversas contingencias diarias en las que pueda llegar a requerir asistencia técnica de procurador y abogado, debiendo la aseguradora solventar los gastos que la asistencia técnica requiera.
Según la doctrina el interés del asegurado “es la integridad de su patrimonio frente a posibles gastos derivados de la defensa jurídica y el riesgo estará integrado por el conjunto de actuaciones que podrán afectar a ese patrimonio” .
Es un contrato de seguro autónomo que debe diferenciarse de otros, como el caso de la defensa jurídica incluida en los seguros de responsabilidad civil. En ordenamientos como el de España permite la libre elección de procurador y abogado para la representación y defensa en cualquier clase de procedimiento, no actuando éstos últimos bajo instrucciones del asegurador.
En esta línea se ha pronunciado la jurisprudencia e incluso se ha extendido la protección a la unidad familiar como asegurada en la defensa jurídica (STS 2173/2019 del 27/06/2019).
Fuente: Wikipedia